

Funciones del Comité de Control Social:
1. Velar porque los actos de los organismos de administración se ajusten a las prescripciones legales, estatutarias y reglamentarias, y en especial a los principios y fines de la economía solidaria.
2. Informar a los órganos de administración, al Revisor Fiscal y Entidades competentes, sobre las irregularidades o violaciones que existan en el funcionamiento del Fondo, y, presentar recomendaciones sobre las medidas que en su concepto deban adoptarse. En los casos en que el Comité de Control Social detecte que no han sido aplicados los correctivos que a su juicio debieron implementarse o las sanciones que debieron imponerse, deberá remitir a la superintendencia de Economía Solidaria la investigación adelantada junto con las recomendaciones pertinentes sobre el particular.
3.Conocer y hacer seguimiento a los reclamos que presenten los asociados en relación con la prestación de los servicios, trasmitirlos y solicitar los correctivos por el conducto regular y con la debida oportunidad.
4. En cuanto a las quejas presentadas directamente al Control Social, se deben estudiar, adelantando las investigaciones pertinentes y solicitar a quien corresponda la solución de las circunstancias que motivaron la queja, dando respuesta al asociado en un plazo no mayor de 15 días hábiles.
5. Hacer llamados de atención a los asociados, cuando incumplan los deberes consagrados en la ley, el Estatuto y los reglamentos.
6. Solicitar aplicación de sanciones a los asociados cuando haya lugar a ello y velar porque el órgano competente se ajuste al procedimiento establecido para el efecto.
7. Verificar la lista de asociados hábiles e inhábiles para poder participar en las Asambleas o para elegir delegados.
8. Rendir informe sobre sus actividades a las Asamblea General Ordinaria ó Extraordinaria.
9. Con auspicio de la administración, divulgar el funcionamiento del comité entre los asociados.
10. Revisar como mínimo semestralmente, los libros de actas de los órganos de administración con el objetivo de verificar que las decisiones tomadas por estos, se ajusten a las prescripciones legales, estatutarias y reglamentarias.
11. Hacer seguimiento a la gestión realizada por la Administración frente a peticiones, quejas y reclamos para garantizar oportunidad en la respuesta y por ende la satisfacción del asociado.
12. Seguimiento al estudio y puesta en marcha por parte de los Órganos de Administración frente a las propuestas presentadas por los Asociados ante la honorable Asamblea, Junta Directiva o Administración.
13.Las demás que le asigne la Ley o los Estatutos, siempre y cuando se refieran al control social y no correspondan a funciones propias de la Junta Directiva, Auditoría Interna o Revisoría Fiscal.
PRINCIPALES |
SUPLENTES |
Liliana Palacios Barrera Néstor Alonso Mendoza Alexander Carvajal Hernández Diana Liseth Pulido Rodríguez Magaly del Socorro Cabrales
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Javier Antonio Zambrano Martínez Jaqueline del Carmen Barrera Barrios José Antonio Rubio Caicedo
Juan Carlos Mena Usaquén
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